Info útil

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Régimen medido no residencial

A continuación verás cómo calcular la facturación en el régimen medido para uso no residencial.


¿Cómo se determina el Total a Pagar en un inmueble medido no residencial?

Total a pagar= Base Imponible + Impuestos y tasas + Decreto ERSEP

 

¿Cómo surge la Base Imponible en un inmueble Medido?

Total a pagar= Cargo fijo o Importe mínimo de facturación + Cargos facturables


¿Cómo se determina el Consumo del Período?

Antes de realizar el cálculo debemos tener en cuenta:

Período de consumo (PC): es el período, en días, transcurrido entre dos lecturas sucesivas del medidor, reales o estimadas en los casos que corresponda.

 

¿Cómo se calcula el Periodo de Consumo?

 Fecha Lectura - Fecha Lectura anterior

Consumo: es la cantidad de metros cúbicos (m3) reales o estimados, de agua entregados a un inmueble a través de una o más conexiones, registrados por el o los medidores en los casos que corresponda.

 

¿Cómo se calcula el Consumo?

Lectura Actual - Lectura Anterior

 

Precio del metro cúbico: se determinará en base a la categoría tarifaria, la cual se define en función del tipo de utilización que se hace del agua.

Categoría 
Tarifaria
UtilizaciónPrecio por m3 (a Dic 2005)
B1Bebida e Higiene$ 0.3600
B2Elemento necesario del Comercio o parte del proceso de producción$ 0.4590
B3El agua integra el producto elaborado como elemento fundamental$ 0.9364
CRegímenes especiales o convenios particulares$ 0.2850

Cargo Variable

Cargo Variable:

Consumo en m3 x $/m3 x CM (Coeficiente Multiplicador) x CR (Coeficiente regultorio)

CM: Es el coeficiente que refleja los incrementos iniciales por zonal (respecto de los valores vigentes a Diciembre 2005). Art 11 y 12 del RT.

CR: Es el coeficiente Regulatorio y se actualiza según lo previsto en el Contrato de Concesión (9.2.2).

 

¿Cómo se determina el Importe Mínimo de Facturación?

Importe Mínimo de Facturación: Corresponde para un período mensual (período normalizado en 30,42 días), por lo tanto hay que calcularlo para el periodo de lectura.

 

Importe Mínimo de Facturación

30% de la Cuota Mensual (calculada como en el régimen no medido)

 

¿Cómo se determina el Importe Mínimo de Facturación Proporcional al período de consumo?

Importe Mínimo de Facturación

Importe mínimo de facturación / 30,42 x Período de consumo